Acta notarial y tipos de actas notariales
Son los documentos o certificados o documentos autorizados por un notario legalizado para
testificar un hecho o una variedad de eventos que usted atestigua, o que usted
personalmente hace o verifica y que no constituye negocio juridico.
Las declaraciones que no son de voluntad son actas y no escrituras, por ejemplo
éstos, por la definición deben contener declaraciones negóciales.
Es un
instrumento público en el cual no hay
relaciones de derecho, que no hay relacion que engendre obligacion. Sólo contiene hechos cuya memoria es recomendable preservar por la
fe del autor, o hechos relacionados con el derecho, que pueden dar acciones no exigibles por la propia virtud de acta, si no susceptible de los hechos que en ella consta para pedir a los tribunales o a las autoridades de otra supremacía o orden el cumplimiento del derecho.
El acta notarial, como una de las ramas del instrumento publico hace fe por si misma en cuanto a los hechos en ella constituya, ante la fe del notario en el circulo de sus cualidades; pero los vinculos de derecho que hay de inferir de esos hechos no son siempre inmediatas.
El acta notarial, como una de las ramas del instrumento publico hace fe por si misma en cuanto a los hechos en ella constituya, ante la fe del notario en el circulo de sus cualidades; pero los vinculos de derecho que hay de inferir de esos hechos no son siempre inmediatas.
Es el
documento aturorizado por una autoridad pública (juez, notario, Alguacil,
oficial de policía) a un hecho material, o un hecho legal para los propósitos
civiles, criminales o administrativos. Por extensión, también se denomina
documento privado, en el que se registra y resuelve un hecho o el tratado en
las reuniones de las sociedades y asociaciones, que a veces tienen que llevar
el llamado libro de actas de manera obligatoria.
Propósito del acta notarial
Puede
ser que algunas leyes exijan el registro, como las objeciones de un canje de
notas o cualquier otro acto legal que no exista en la presentación del
consentimiento y que se intente voluntariamente con la ayuda de Acta.
Puedes
estudiar desde dos puntos de vista:
Externos:
El acta notarial se escribe en papel normal y no en papel de
protocolo especial.
El acta notarial no se numera, mientras que las
escrituras públicas llevan una fecha y un número estrictos.
El acta notarial no puede extender certificados o copias, son documentos
unicos, contrarios a escrituras públicas,
excepto de testamentos y donaciones a causa de la muerte, siempre y
cuando los otorgantes vivan.
El acta notarial
queda en poder del interesado y no del
notario.
Tipos de actas notariales:
Hay
varios tipos de actas notariales, dependiendo de la demanda del individuo al
dueño de la fe pública, doctrinariamente puede ser clasificado:
ACTAS
DE REFERENCIA
ACTAS
DE DEPOSITO
ACTAS
DE NOTORIEDAD
ACTAS DE PROTOCOLIZACION (LEY DEL ORGANISMO
JUDICIAL*)
ACTAS
DE NOTIFICACIÓN (COD. PCYM)
ACTAS
DE PRESENCIA
ACTAS
DE REQUERIMIENTO
ACTAS
DE SUBSANACION
ACTAS
DE AUTENTICACIÓN DE TESTAMENTO CERRADO
Certificado o acta de requerimiento:
Ellos
son los que sirven para hacer el cumplimiento del deber, o que algo se hace o
se detiene. Es una manera de cumplir un
deber, ejemplo: protesto de cheques.
Actas de presencia o pruebas de
hechos:
Certifican
la realidad o la verdad del hecho de que las motiva, por ejemplo:
expedientes de Unión.
actas de notificación:
Se
utiliza para comunicar a una persona a una situación que necesita conocerla
porque le favorece o le afecta, por ejemplo: notificación de una donación.
Registros de notoriedad:
Estos
se destacan en los más importantes, cuyo tema es la verificación de hechos notarios y declaran derechos y cualidades de
trascendencia jurídica, ejemplo: identificación de terceros y reconocimiento de
Gente.
Actas notariales de referencia:
Es el
protocolo en el que el notario certifica que la aparición ante él por ciertas
personas, a las manifestaciones que se recogen en el acta, pero sin dar fe a los hechos o manifestaciones, ejemplo: certificado de recepción de
la Declaración de testimonio.
Fundamento jurídico
de actas notariales:
Ley
del Decreto 314 código notarial que se encuentra en los artículos 60 a 62:
los
actos en los que intervenga por ley o a petición de una parte contratante recogerán
los registros notariales en los que se registren los hechos que testimonian y
las circunstancias que le consten.
Nuestra
ley también hace referencia de los requisitos
que debe contener un acta notarial:
I.
lugar, fecha y hora de la diligencia.
II.
el nombre de la persona que lo solicitó.
III.
nombres de las personas que también intervienen en el acto.
IV.
pruebas circunstanciales para la diligencia.
V.
valor y número de orden del papel bond, en que estén extendidas las hojas
anteriores a la última.
VI.
lugar y hora de finalización.
VII.
el notario tiene que firmara, numerará y
sellar todos los papeles del acta notarial.
EJEMPLO DE ACTA NOTARIAL
ACTA
NOTARIAL:
En el municipio de Joyabaj, departamento de El Quiché, siendo las nueve horas
con quince minutos, del día once de noviembre del año dos mil nueve, Yo: JACINTO RODRIGUEZ HERNANDEZ , Notario,
en mi Oficina Profesional, ubicada en el Barrio la Estanzuela de este
municipio, soy requerido por ISABEL
PIXCAR LOPEZ, de treinta años de edad, soltera, de oficios domésticos,
guatemalteca, de este domicilio y con residencia en el Caserío Portuguez, de esta jurisdicción municipal, quien por no
poseer cédula de vecindad, se identifica con la certificación de su partida de nacimiento que más adelante
individualizo y que requiere mis
servicios profesionales para OTORGAR
DECLARACION JURADA en relación a los siguientes extremos: PRIMERO: Como Notario advierto a
la requirente que todo cuanto declare antes mis oficios lo hace Bajo solemne
juramento de Ley y seguidamente le advierto sobre las penas relativas al delito
de perjurio y sus alcances legales y así bajo juramento declara lo siguiente: a) Que es de los datos de
identificación personal antes referidos, b)
Que nació el veinticinco de agosto de mil novecientos setenta y nueve, en el Caserío
Portuguez, de esta jurisdicción municipal, su nacimiento quedo inscrito en la
partida Número trescientos sesenta y cuatro (568) Folio ciento ochenta y dos
(214), del libro número ciento uno (101), del Registro Civil de las Personas
del municipio de Joyabaj, departamento de El Quiché, certificación de
nacimiento que me pone a la vista; por lo que a la fecha tiene treinta años de
edad. SEGUNDO: Sigue
manifestando la requirente que desea que se le extienda su Documento Personal de Identificación, en el
Registro Nacional de las Personas de este municipio, ya que el mismo no le ha
sido extendido en ningún otro lugar de la República, ya que por ausencia, pues
había permanecido en las Fincas del departamento de Escuintla desde su minoría
de edad, no lo había solicitado con
anterioridad, por lo que hoy, solicita se le extienda en este Registro
Civil su Documento Personal de Identificación, que es el documento legal que
por ser mayor de edad, y ciudadana guatemalteca, debe identificarla. Para
acreditar lo expuesto en la presente, propone como testigos a TORIBIO PIXCAR
SENTE y MARTA MENDEZ MELENDEZ, quiénes
se identifican con cédula de vecindad con número de orden N guión catorce y de
registros: veintitrés mil quinientos noventa y ocho; y treinta mil ciento
dieciete, ambas extendidas por el
alcalde municipal de Joyabaj, Departamento de El Quiché quienes a juicio del
notario son capaces, hábiles, idóneos y aptos para el presente acto. Sigue
manifestando la requirente que la
presente declaración la efectúa para que con base a la misma se le extienda su
Documento Personal de Identificación; TERCERO:
No habiendo más que hacer constar se concluye la presente Acta Notarial, media
hora después de su inicio, en el mismo lugar y fecha, la que consta en una hoja
de papel bond, tamaño oficio, impresa en ambos lados, la que lleva adherido los
timbres de Ley y luego de leída a la requirente y testigos y enterados de su objeto, contenido,
valor y efectos legales, la aceptan,
ratifican y por ignorar firmar dejan impresa su huella digital del pulgar derecho
y firma como testigo Casimiro Tortola Perez, quien es de mi conocimiento, capaz
e idónea para este acto juntamente con
el Notario que de todo lo actuado da fe.
ISABEL PIXCAR L TORIBIO PIXCAR SENTE
MARTA MENDEZ
MELENDEZ CASIMIRO TORTOLA PEREZ
ANTE MI:
Jacinto Rodriguez Hernandez
Abogado y Notario
Requisitos personales
1. Notario público
2. Requiriente
3. otros intervinintes
Requisitos previos
i DPI del
solicitante.
i DPI de los demás intervinientes
i Residencia de la persona que otorga la fianza y la
que disfruta de la medida de reemplazo para la detención domiciliaria.
Impuestos que deben
cubrirse
Timbre notarial diez
quetzales (Q. 10,00), esto de conformidad con el artículo 5, párrafo uno de las
leyes de timbres fiscales y el documento especial sellado para el protocolo.
Timbre fiscal de cincuenta
centavos para cada hoja que contenga el acta notarial
de detención domiciliaria.
por Jacinto Hernández
Acta notarial y tipos de actas notariales
Reviewed by Jacinto Hernandez A.
on
septiembre 22, 2017
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